DEFORMADA Y PROSTITUIDA LA EDUCACION EN ESTADOS UNIDOS

20 Agosto 2010

Deformada y Prostituida la Educación en Estados Unidos, señaló Fidel Castro Ruz  ex presidente de Cuba, al analizar y hacer eco de un estudio publicado que señala que los jóvenes universitarios de los Estados Unidos de Norteamérica que se graduarán en 2014 creen que Beethoven es un perro.

 

Fidel Castro realiza  reflexión a partir del estudio publicado por la Universidad de Beloit (Wisconsin, Estados Unidos), donde se refleja, entre otras consideraciones, que los jóvenes que se graduarán en universidades estadounidenses en el 2014 no llevan reloj porque consultan la hora en sus celulares y creen que el genio de la música Beethoven es un perro y el gran pintor Miguel Ángel un virus informático.

 

“Se queda uno frío, cuando ve hasta qué punto la educación puede ser deformada y prostituida, en un país que cuenta con más de 8 mil armas nucleares y los más poderosos medios de guerra en el mundo”, “¡Y pensar que todavía hay personas cuerdas capaces de creer que mis advertencias son exageradas!”,  expreso el gran líder cubano en su nueva “Reflexión” titulada “¿Acaso exagero?”.

 

Fidel Castro en sus múltiples  intervenciones y artículos de prensa se ha dado a la tares de advertir de la inminencia de una guerra nuclear derivada de un eventual ataque de la nación más poderosa del mundo a Irán.

Por: Lic. Leopoldo López Culebro.

jus_leopoldo@hotmail.com

EL TRABAJO

23 Junio 2010

 

Las normas del trabajo tienden a conseguir el equilibrio y la justica social en las relaciones entre trabajadores y patrones. El trabajo es un derecho y un deber social. No es un artículo de comercio, exige respeto para las libertades y dignidad de quien lo presta y debe efectuarse en condiciones que aseguren la vida, la salud y un nivel económico decoroso para el trabajador y su familia.

No pueden establecerse distinciones entre los trabajadores por motivo de raza, sexo, edad, credo religioso, doctrina política o condición social. Y es de interés social promover y vigilar la capacitación y el adiestramiento de los trabajadores. Tampoco se podrá impedir el trabajo a ninguna persona ni que se dedique a la profesión, industria o comercio que la acomode, siendo lícito. El ejercicio de estos derechos sólo podrá vedarse por resolución de la autoridad competente cuando se ataquen los derechos de terceros o se ofendan los de la sociedad.

Trabajador es la persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado y se entiende por trabajo toda actividad humana, intelectual o material, independientemente del grado de preparación técnica requerida por cada profesión u oficio.

Patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios trabajadores,

Por: Lic. Leopoldo E. López Culebro

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LIBERTAD DE CREENCIAS

16 Junio 2010

 

La separación  del Estado y las Iglesias, así como la libertad de creencias religiosas, es un gran logro alcanzado que costo miles de muertes de ciudadanos mexicanos que lucharon por la ansiada libertad de creencia, la cual fue plasmada en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de asociaciones, agrupaciones religiosas, iglesias y culto público. Sus normas son de orden público y de observancia general en el territorio nacional.

Las convicciones religiosas no eximen en ningún caso del cumplimiento de las leyes del país. Nadie podrá alegar motivos religiosos para evadir las responsabilidades y obligaciones, prescritas en las leyes.

El Estado Mexicano garantiza a favor del individuo, derechos y libertades en materia religiosa: tener o adoptar la creencia religiosa que más le agrade y practicar, en forma individual o colectiva, los actos de culto o ritos de su preferencia. No profesar creencias religiosas, abstenerse de practicar actos y ritos religiosos y no pertenecer a una asociación religiosa. No ser objeto de discriminación, coacción u hostilidad por causa de sus creencias religiosas, no ser obligado a declarar sobre las mismas.

No podrán alegarse motivos religiosos  para impedir a nadie el ejercicio de cualquier trabajo o actividad; pero al parecer estos derechos se ven constantemente violentados en el Estado Chiapaneco pues en la zona altos de Chiapas, constantemente y principalmente entre grupos indígenas de esta región son protagonistas de enfrentamientos por diferencia de creencias que incluso han costado vidas humanas.

Por: Lic. Leopoldo E. López Culebro

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(DEA) DESEA TUMBAR A LOS JEFES DE LOS CARTELES EN DOS AÑOS.

10 Mayo 2010

 

Anthony Placido, Subdirector de Inteligencia de la DEA señalo que “nadie sabe quién va a ser el próximo presidente en México y si va a tener las mismas ganas de perseguir delincuentes”. La lucha que se lleva a cabo en México se encuentra en un momento importantísimo actualmente puesto que el cambio de gobierno dentro de dos años puede alterar la intensidad del combate, considera el Departamento Estadounidense Antidrogas (DEA).

 Anthony Placido a demás señalo “Tenemos que ganar todo o que podamos en esta gestión. En el nivel táctico operativo, quisiéramos tumbar a los jefes de los carteles durante los próximos dos años”.

 Se refirió al gobierno mexicano en cabezado por Felipe Calderón Hinojosa aprobando de positivas las iniciativas contra el crimen organizado, la cual ha ocasionado al menos 22 mil 700 muertos desde el año 2006.

 Señalo también, que el gobierno estadounidense espera un recrudecimiento de la violencia en México antes de alcanzar una pacificación duradera. “En el corredor Reynosa, Nuevo Laredo-Matamoros, la violencia entre (los carteles del) Golfo y los Zetas está aumentando, y el gobierno de México está focalizado en Ciudad Juárez”.

 ”No puedes luchar en todos los lugares a la vez. Si esa lucha está aumentando en otros lugares, va a estar difícil” la situación de seguridad en México.

Lo antes mencionado contradice las declaraciones del Secretario de Gobernación  de México Fernando Gómez Mont quien dijo que la violencia en nuestro país descenderá en los próximos meses.

Por: Lic. Leopoldo E. López Culebro

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“NO HAY ENEMIGO PEQUEÑO”

SE EXPIDE LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA

30 Abril 2010

 

 

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen por el que se expide la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, cuyo objetivo establece las bases de la planeación, formulación, implementación y evaluación de políticas públicas en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia entre los tres niveles de gobierno.

Con el fin de combatir las causas y factores que concurren en la comisión de delitos; los diputados respaldan la coordinación, articulación, ejecución de programas y proyectos.

Dicho documento señala la creación del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, el cual tiene por objetivo dar a los ciudadanos protección en las principales áreas, seguridad, justicia y libertad.

El presidente de la Comisión de Gobernación Javier Corral Jurado afirmo que la Ley General para la Protección Social de la Violencia y la delincuencia, proporciona un marco normativo que favorece el impulso de políticas públicas consistentes en materia de prevención del delito.

El diputado del PAN aseveró que los programas nacional, sectorial, especial e institucional que incidan en la prevención social de la violencia y la delincuencia, deberán diseñarse con la participación interinstitucional con un enfoque multidisciplinario, en donde se enfatice la colaboración con universidades.

 La diputada Claudia Edith Anaya Mota (PRD) se reservó el artículo séptimo, fracción quinta de la ley en comento, para modificar la frase “personas con capacidades diferentes” por “personas con discapacidad”, la cual fue aprobada con 379 votos a favor, tres en contra y tres abstenciones.

Por: Lic. Leopoldo E. López Culebro

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AVERIGUACION PREVIA Y FUNCION DEL MINISTERIO PÚBLICO…EN EL CASO PAULET

21 Abril 2010

 

 PAULET

La Averiguación Previa Inicia a partir de que el agente del Ministerio Público, como autoridad investigadora, tiene conocimiento, mediante una denuncia o querella de hechos que pueden constituir un delito. Tiene por objeto que el agente del Ministerio Público practique todas las diligencias necesarias  afín de que pueda determinar si procede o no el ejercicio de la acción penal; en consecuencia, lleva a cabo las investigaciones debidas para acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad del inculpado.

La fase de la averiguación previa comprende desde la denuncia o la querella, hasta el ejercicio de la acción penal con la consignación ante un Juez, la determinación de no ejercicio de aquélla, o bien, la resolución de la reserva, caso este último en que únicamente, y después de determinado tiempo, puede suspenderse la investigación previa.

El Ministerio Público, durante la averiguación previa, en su carácter de autoridad investigadora realiza, por conducto de sus agentes, entre otras actividades, las siguientes: Recibe denuncias o querellas sobre hechos que puedan constituir delitos; Investiga y persigue los delitos que se cometan, con el auxilio de una policía denominada Judicial o Ministerial, la cual también forma parte del Poder Ejecutivo Federal, ya sea federal o local, que se encuentra bajo su autoridad y mando inmediato.

Practica las diligencias necesarias para la acreditación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad del indiciado, así como para garantizar la reparación del daño causado por el hecho ilícito. Ordena, en casos urgentes la detención de los indiciados. Realiza el aseguramiento y tramitación del destino de los instrumentos, objetos y productos del delito. En su caso, restituye provisionalmente al ofendido en el goce de sus derechos conforme a la normatividad aplicable. Concede al indiciado la libertad provisional bajo caución, cuando esta procede, previo el cumplimiento de los requisitos que la ley señala para ello.

Por: Lic. Leopoldo E. López Culebro

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“CADA DERECHO IMPLICA UNA RESPONSABILIDAD, CADA OPORTUNIDAD UNA OBLIGACIÓN”.

REFORMAS A LA LEY GENERAL DE SALUD…ANTI GORDITOS

19 Abril 2010

 

Es aprobada por el Pleno de la Cámara de Diputados, reformas a la Ley General de Salud, la cual considera disminuir el consumo de los alimentos llamados “chatarra” y establecer obligatoriamente media hora de ejercicio en las escuelas de México.

 El diputado federal Miguel Osuna Millán del Partido Acción Nacional presentó el dictamen de las reformas a los artículos 65 y 66 de la Ley General de Salud el cual fue aprobado por 372 votos a favor y una abstención.

 Corresponderá a las autoridades sanitarias establecer las normas oficiales para proteger la salud de la comunidad escolar, toda vez que la mayoría de los alimentos que están al alcance de la comunidad estudiantil son de los considerados como alimento “chatarra”.

 La adición al artículo 65 de la Ley General de Salud busca se incluya el equilibrio en el consumo de proteínas en los alimentos que se consumen en las escuelas del país buscando con esto no solamente el equilibrio de grasas y azúcares.

 La obesidad es un enfermedad en la cual las reservas naturales de energía, almacenadas en el tejido adiposo de los seres humanos y otros mamíferos, se incrementan hasta el punto en donde está asociado conciertas condiciones de salud o incremento de la mortalidad. Es un factor de riesgo para las enfermedades crónicas como las cardiacas, diabetes, hipertensión arterial, ictus y algunas formas de cáncer.

 Es una enfermedad crónica originada por muchas causas y con numerosas complicaciones, la obesidad se caracteriza por el exceso de grasa en el organismo y se presenta cuando el índice de masa corporal en el adulto es mayor de 30 kg/m2 según la (OMS)  Organización Mundial de la Salud.

Por: Lic. Leopoldo E. López Culebro

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 “SOMOS LO QUE COMEMOS”

TERRORISMO NUCLEAR, EL PELIGRO MAS INMEDIATO…USA.

12 Abril 2010

 

ARMAMENTO NUCLEAR

El Gobierno de los Estados Unidos definió al terrorismo nuclear como el peligro más inmediato en la actualidad, dicho gobierno se compromete con ciertas reservas a no utilizar ni amenazar a países que no cuenten con armas nucleares y cumplan con las obligaciones contraídas en el Tratado de No Proliferación.

Los grupos como la red Al Qaeda están dispuestos a utilizar bombas atómicas si logran tener acceso a estas. Estas armas han proliferado en Irán y Corea del Norte la lucha contra la NO proliferación es una de las prioridades de la política exterior del Gobierno de Barck Obama

Con cada nuevo mandato presidencial y por orden del congreso estadounidense se fija la Revisión de la Postura Nuclear de esta nación la última fue en el 2002 en el periodo de George W. Bush. En esta semana Barack Obama será anfitrión en Washigton de la cumbre sobre seguridad nuclear en la cual están invitados 44 países.

Arma nuclear es un explosivo de alto poder que utiliza la energía nuclear, la primera detonación nuclear fue realizada en Alamogordo, Nuevo México el 16 de julio de 1945 como parte experimental del Proyecto Manhattan y fue utilizada mortalmente en las ciudades de Hiroshima y Nagasaki, Japón. dando así inicio a la “era nuclear”.

Por: Lic. Leopoldo E. López Culebro

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“QUIEN PEGA PRIMERO PEGA DOS VECES”

REFORMA DE LEY…SE PERSIGUIRÁ DE OFICIO EL DELITO DE PIRATERIA

8 Abril 2010

 

PIRATERIA

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó reformas en materia penal, facultando a la Procuraduría General de la República (PGR) pueda perseguir de oficio a quienes cometan el delito de Piratería. Reformando los artículos 429 del Código Penal Federal y el 223 Bis de la Ley de la Propiedad Intelectual.

El artículo 424 bis del Código Penal Federal establece una pena de 3 a 10 años de prisión y una multa de 2 mil a 20 mil días de salario mínimo a quien produzca, reproduzca, distribuya o venda copias de fonogramas o videogramas protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor.

Esta reforma faculta a las autoridades Federales, Estatales y Municipales aprender a cualquier persona que incurra en el delito de piratería vendiendo o reproduciendo cualquier producto que este protegido por los derechos de autor entre los cuales se encuentran la música, películas, libros, y productos farmacéuticos, sin que medie formal querella en contra de persona especifica.

La protección del derecho de autor existe desde que la obra es creada de una forma fijada. El derecho de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor que creó dicha obra. Sólo el autor o aquellos cuyo derechos derivan del autor pueden reclamar propiedad.

El titular de los derechos de autor goza de derechos exclusivos respecto de: Reproducir la obra en copias o fonogramas, preparar obras derivadas basadas en la obra, distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias, presentar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales, mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas coreográficas, pantomimas, obras pictóricas, gráficas y esculturales, incluyendo imágenes individuales de películas u otras producciones audiovisuales, en el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audiodigital.

 Por: Lic. Leopoldo E. López Culebro

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 “LO BARATO SALE CARO”

INICIATIVA DE LEY CONTRA PRACTICAS MONOPOLICAS

7 Abril 2010

 

 

MONOPOLIOS 

  El Ejecutivo del país, Felipe Calderón Hinojosa presenta iniciativa antimonopolica al Congreso de la Unión a través de la Cámara de Diputados, en la cual se proponen reformas a la Ley Federal de Competencia Económica, al Código Fiscal de la Federación y al Código Penal Federal. Se considera también otorgar más facultades a la Comisión Federal de Competencia (CFC), para obligar a las personas económicas a proporcionar información.

El Ejecutivo de la Nación señaló, “La reforma plantea, por ejemplo, fortalecer las sanciones económicas y llevarlas del nivel de multa que ahora se expresa a un máximo hasta de 10% de los ingresos acumulables de la empresa para efectos del Impuesto sobre la renta” y se propone que las prácticas monopólicas absolutas se consideren delitos sancionables con prisión”.

 “Las practicas monopólicas u oligopólicas impiden lograr niveles de crecimiento que se requieren para crear más empleos y para incrementar el bienestar y la calidad de las familias mexicanas”

 En un mercado competitivo los consumidores y productores se rigen por  el precio que se establece por la oferta y la demanda. En un Monopolio (un solo vendedor) este, puede fijar el precio utilizando su poder de mercado, esto es,  la capacidad que tiene el vendedor de influir en el precio de un bien controlando la cantidad de producción y precio.

 En México la Comisión Federal de Competencia (CFC) ha investigado las condiciones de competencia de algunas empresas como lo son: filial mexicana Coca Cola, Femsa y Telmex, esta última, propiedad del considerado como el hombre más rico del mundo Carlos Slim quien siempre ha rechazado que sus empresas incurran en prácticas monopólicas.

Por: Lic. Leopoldo E. López Culebro

jus_leopoldo@hotmail.com

 

“EL DINERO ES ABUNDANTE PARA AQUELLOS QUE ENTIENDEN LAS REGLAS SIMPLES DE SU ADQUISIÓN”.

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